Según el Código de Extranjería publicado en el BOE, todo extranjero que venga a España para más de tres meses tiene que cumplir alguno de los siguientes requisitos:
- Venir a trabajar.
- Tener seguro médico privado.
- Venir a estudiar.
- Es un miembro de la familia que acompaña a un ciudadano de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o va a reunirse con él, y que cumple las condiciones contempladas en los requisitos anteriores.
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